
Liga de Golf Senior de Puerto Rico, Inc.
INDICE
Artículo
I
Nombre y
Domicilio
Artículo
II
Fines y
Propósitos
Artículo
III
Sello y Colores
Artículo
IV
Socios
Artículo
V
Junta de
Directores
Artículo
VI
Funciones de los
Directores
Artículo
VII
Año Fiscal y
Asambleas
Artículo
VIII Fondos
Artículo
IX
Dispociciones
Generales
Artículo
X
Enmiendas al
Reglamento
Reglamento
de
la Liga de Golf Senior de Puerto Rico, Inc.
Artículo I
NOMBRE
Y DOMICILIO
Sección
1.1
Nombre
| El nombre de esta agrupación se
conocerá “LIGA DE GOLF SENIOR DE PUERTO RICO, INC.” |
Sección
1.2
Domicilio
| El domicilio de esta agrupación
estará localizada en la ciudad de |
Artículo II
FINES Y PROPOSITOS
Sección 2.1
Fines
y Propósitos
| La Liga de Golf Senior de Puerto Rico, Inc. se ha constituido bajo la forma de una Asociación sin fines pecuniarios cuyos propósitos serán: |
| 2.1.1 | Agrupar a todos los golfistas senior de Puerto Rico en
asociación que les
ermitirá el mayor disfrute
posible dentro |
| 2.1.2 | Crear un listado de todos los golfistas senior de |
| 2.1.3 | Organizar torneos para sus socios promoviendo la |
| 2.1.4 | Fomentar el deporte de Golf a través de todo el país. |
Artículo
III
SELLO
Y COLORES
Sección 3.1 Sello
| El sello oficial de la Liga de Golf Senior de Puerto Rico se señala en el margen izquierdo de este reglamento. |
Sección 3.2 Colores
| Los
colores oficiales de la Liga de Golf Senior de |
Artículo
IV
SOCIOS
Sección 4.1 Clasificación
| 4.1.1 | Socios Fundadores |
| Serán Socios
fundadores aquellos golfistas que ingresaron en el momento que se celebró la primera Asamblea
de Socios el 14 de diciembre de 1995 en Aguirre, |
| 4.1.2 | Socios de Número |
| Serán socios de
número aquellos golfistas que ingresaron posterior a la
fecha
de registro de los socios
fundadores de acuerdo con las estipulaciones |
Artículo IV
NOMBRE
Y DOMICILIO
Sección 4.2 Admisión
| Los requisitos para la admisión a la Liga de Golf Senior de Puerto Rico, Inc. serán los siguientes: |
| 4.2.1 | Cualquier persona residente de Puerrto Rico y haber cumplido 50 años o más a la fecha de admisión. |
| 4.2.1.1 | Podrán
ser admitidos en la Liga de Golf
Senior de Puerto Rico, Inc. personas
no residentes de |
| 4.2.2 | Pagar la cuota annual determinada por la Junta de Directores, y según se señala en la sección 4.3. |
| 4.2.3 | Comprometerse a cumplir fielmente con las reglas y reglamentos y fines de la Liga de Golf Senior de Puerto Rico, Inc. |
Sección 4.3 Cuotas
| 4.3.1 | La cuota inicial de ingreso ala Liga será de $100. |
| 4.3.2 | La cuota anual para
Socios Fundadores y de Número que sean socio
bonafide
en los Clubes de Golf miembros
de la |
| 4.3.3 | La cuota para Socios de Número (Especiales) que
no sean miembros
bonafide De Clubes de
Golf en Puerto Rico pagarán una suma adicional por el
servicio de mantenimiento de su handicap
con la USGA/PRGA
en el momento que la Liga
de Golf Senior de Puerto Rico, Inc. pertenezca a la Puerto
Rico Golf Association
|
| 4.3.4 | Las cuotas podrán ser aumentadas o rebajadas a
la discreción de
la Junta de Directores según crean
conveniete y preferiblemente al comienzo |
Sección 4.4 Deberes de los Socio
| El pertenecer |
| 4.4.1 | Asistir a las reuniones o asambleas a las cuáles sea convocado. |
| 4.4.2 | Participar en por lo menos cinco o
más de
los torneos celebrados durante el año.
Aquellos socios que ingresen luego de haber comenzado los
torneos al comienzo |
| 4.4.3 | Pagar las cuotas reglamentarias de la Liga de Golf Senior de Puerto Rico, Inc. |
Sección 4.5 Derechos de los Socios
| 4.5.1 | Ejercer su derecho a voz y voto en todas las reuniones y asambleasde la Liga de Golf Senior de Puerto Rico, Inc. siempre y cuando esté al día en sus cuotas. |
| 4.5.2 | Ser elegible para ocupar puesto en la Junta de Directores o Comités que se designen por dicha junta. |
| 4.5.3 | Disfrutar de aquellos derechos que en equidad o justicia le corresponden y que no constituyan privilegios ni sean contrarios a los fines o ideales de la Liga de Golf Senior de Puerto Rico, Inc. |
Sección
4.6 Renovación
de la Tarjeta de Socio
| El ser socio de la Liga de Golf Senior de Puerto
Rico, Inc. es un privilegio que se otorga al
jugador Senior en Puerto Rico de acuerdo a lo estipulado en este
reglamento. Se
incluyen unas secciones
adicionales en
relación a la eligibilidad para el derecho de
renovación,
|
| 4.6.1 | La tarjeta de socio se
renovará el 1 de enero de cada año,
bajo las condiciones en la Sección 4.3 Cuotas. |
| 4.6.2 |
| 4.6.2.1 | Todo socio que haya participado en cinco o más de los torneos (Regulares y Especiales) celebrados durante el año anterior pagara la cuota de $50 a la Liga. |
| 4.6.2.2 | Todo
socio que durante el año no haya participado en por lo menos cincuenta
(50%)
de los torneos celebrado durante el año anterior
pagará una penalidad de por lo menos
$25 a la Liga en su cuota |
| 4.6.2.3 | El periodo para calcular la participación en los torneos se calculará desde la fecha en que se inscribiócomo socio bonafide, tomando en consideración el contenido de la Sección 4.5.3 Derechos de los Socios. |
| 4.6.2.4 | La cuota anual para nuevos
Socios
comenzando el 1 de enero del 2002, y ratificada en la Asamblea
General de Socios celebrada en el Club de Empleados Telefónicos en Cupey
Alto, San Juan, Puerto Rico el 22 de mayo del 2002 será de $75
para aquellos que sean miembros de clubes de golf en Puerto Rico y $115
para los miembros especiales [ie. no miembros de clubes de golf
en |
Junta
de Directores
Sección
5.1
Elección y Constitución
5.1.1
La Junta de Directores estará compuesta por un
Director en
Propiedad en
cada Club de Golf en
5.1.2
Los Directores serán nombrados
por el término de
tres años por los socios de
la Liga Senior de Puerto Rico
del club a cual pertenece el Director y que a su
vez
sean socios de la Liga de Golf Senior de Puerto Rico.
5.1.3
Los Directores eligirán entre sus
miembros, en su primera reunión ordinaria
Presidente
Vice
Presidente
Tesorero
Director
Ejecutivo
5.1.4
El
Presidente podrá nombrar su Secretario, el Handicap
Chairman y
cualquier otro funcionaro que sea necesario para
llevar a cabo los propósitos
de
la Liga.
Sección
5.2
Calificaciones para Directores
5.2.1
Ser socio fundador o de número y haber
prertenecido a la Liga
de Golf Senior
de Puerto Rico, Inc. durante
doces (12) meses
consecutivos antes de
su
elección.
5.2.2
Estar al día en las cuotas de la
Liga.
Sección
5.3
Facultades y Deberes de la Junta de Directores
5.3.1
La Junta de Directores será responsible de la
administración y
dirección
general de la Liga de Golf
Senior de Puerto Rico, Inc.
5.3.2
Contratará los servicios de cualquier empleado
que a su juicio
estime
necesario, fijará su remunaración
o compensación y determinará sus deberes.
5.3.3
Eligirá sus propios funcionarios.
5.3.4
Cubrirá las vacantes que ocurran en la Junta de
Directores por
renuncia o
muerte u otra causa en reunión
ordinaria de dicha junta con el voto de no
menos
de seis (6)
miembros.
5.3.5
Los Directores desempeñarán sus
cargos sin compensación alguna.
5.3.6
La Junta de Directores se reunirá en
sesión extraordinaria
tantas veces
Sección
5,4 Quorum
5.4.1
El Quorum de la Junta de Directores lo
constituirán la mitada
más uno,
siendo validos los acuerdos que
la misma tome por mayoría de votos.
5.4.2
Cualquier director (ie. El representante bonafide
Sección
5.5 Orden
del Día
En las reuniones
ordinarias de la Junta de Directores, el Presidente
preparará
la agenda que
será distribuida por el Secretario y/o el
Director Ejecutivo
quienes
notificarán con copia de la misma o todos los
otros miembros de la
Junta.
Artículo
VI
NOMBRE
Y DOMICILIO
Sección
6.1
De la Presidencia
6.1.1
El Presidente representará la Liga de Golf
Senior de Puerto
Rico, Inc. ,
presidirá las reuniones de la
Junta, tanto ordinarias
6.1.2
Convocará a la Junta de Directores y
presidirá todos los actos
de la Liga de
Golf Senior de Puerto Rico, Inc.
y presentará un Informe Annual a la
Asamblea General dando cuenta de
la marcha y gestión realizada.
6.1.3
Autorizará con su firma, conjuntamente con el
Tesorero, los
cheques y
documentos bancarios y oficiales
de la Liga de Golf Senior de Puerrto Rico,
Inc. y firmará todas las actas
conjuntamente con el Secretario.
Sección
6.2 De
la Vice-Presidencia
6.2.1
El Vice-Prtesidente sustituirá al Presidente en
caso de su
muerte, renuncia,
ausencia
o incapacidad
6.2.2
Ejercerá todas aquellas gestiones y encomiendas
administrativas
que le
asigne el Presidente o la Junta
de Directores.
Sección
6.3
De la Tesorería
6.3.1
Será el encargado de custodiar los fondos de la
Liga de Golf
Senior de
Puerto Rico, Inc. depositándolos
en cuenta corriente o de ahorro en el
Banco designado
por la Junta de Directores , a nombre de la Liga de Golf
Senior de Puerto Rico, Inc.
6.3.2
Tendra a cargo el cobro de cuotas de socios, torneos y
cualquier
otro ingreso
por concepto de actividades.
6.3.3
Desembolsará los fondos necesarios para el pago
de obligaciones
de la Liga
de Golf Senior de Puerto Rico,
Inc. y llevará en forma clara y sencilla y
firmará todos los cheques,
recibos, etc. disponiéndose sin embargo, que los
cheques
también podrán ser firmados por el Presidente.
6.3.4
Presentará un Informe Anual que presentará
a la Junta de
Directores,
quienes a su vea informaran a
sus socios la disponibilidad del mismo en
las oficinas de la Liga poniendo
manifiesto los Ingresos y Gastos de la Liga
de Golf Senior de Puerrto Rico,
Inc.
6.3.5
En adición a lo señalado en la Sección
6.3.4 gestionara a
un Auditor
Independiente una Auditoría
General sobre los Gastos e Ingresos y la
actual Situación
Financiera de la Liga de Golf Senior de
Puerto Rico, Inc.
la cual presentarátodos
los años luego de la Certificación por los
Auditores Externos.
Sección
6.4
De la Secretaría
6.4.1
Llevará el libro de actas de la Liga en el que
se consignarán
los acuerdos,
tanto en la Asamblea
6.4.2
Cumplirá con las encomiendas del Presidente y
atenderá la
correspondencia
de la Liga.
6.4.3
Custodiará el Sello de la Liga y lo
estampará en todos los
documentos que se
requieran.
Artículo
VII
Año
Fiscal y Asambleas
Sección
7.5
Convocatoría
7.5.1
Toda convocatoria a la Asamblea General , ordinaria o extraordinaria se
anunciará mediante comunicación
escrita a los
Representantes de la Liga en
los Clubes de Golf de Puerto
Rico quienes a su vez despregarán dicha
notificación en su respectivo
club. La convocatoria será enviada por correo a
los
miembros especiales que no pertenecen a Clubes de Golf en
7.5.2 La
convocatoria habra de expresar el lugar, día y hora de la
reunión así
Artículo
VIII
Fondos
Sección
8.1
Los Fondos de la Liga de Golf Senior de
Puerto Rico, Inc.
Consistirán
de:
8.1.1 El
producto de las cuotas anuales por los sociso y los sobrante
de las cuotas
de los Torneos Mensuales y Especiales
celebrados durante el Año.
8.1.2
La Liga de Golf Senior de Puerto Rico, Inc.
podrá aceptar
donativos por
personas naturales o jurídicas.
Artículo
IX
Dispociciones
Generales
Sección
9.1
Dispociciones Generales
9.1.1
Las asambleas se conducirán de acuerdo a las
Reglas
Parlamentarias.
9.1.2
Las expresiones públicas en nombre de la Liga
de Golf Senior de
Puerto
Rico, Inc. sobre temas
concernientes a la Liga podrán ser emitidas solo por
el
Presidente, el Director Ejecutivo o cualquier otro oficial de la Liga con el
previo consentimiento de la
Junta de Directores.
Artículo
X
Enmiendas
al Reglamento
Sección
10.1 Enmiendas
al Reglamento
10.1.1 Este reglamento
obliga al fiel cumplimiento por todos los socios
de la Liga
de Golf Senior de Puerto Rico,
Inc. y podra ser enmendado únicamente en
Reunión Extraordinaria de la
Junta de Directores citada para tal fin, y con el
voto
afirmativo de dos terceras partes de los miembros que constituye el
quorum.
Aprobado por
mayoría
de Directores en la Reunión Extraordinaria celebrada en el
Restaurante Ladí’s
en Salinas, Puerto Rico el 6 de agosto de 1998 según consta
en las actas de
dicha reunión y firmada por los Representantes de los Clubes
de Golf participantes
en la Liga de Golf Senior, Inc.
Y
subsiguientemente enmendada (denotados en
itálico y subrayados)en
la Reunion Extraordinaria de la Junta de Directores celebrada el 22 de
mayo de 2002
durante la Asamblea General
de Socios en el Club de Empleados Teléfonicos en Cupey Alto,
San Juan, Puerto
Rico.
Representantes
de
Clubes Presentes:
Aguirre Golf
Club
Rafael
Gonzalez
Berwind Country Club
Kike Casanova
Club Deportivo del Oeste
Jose [Cheo ]
Rodriguez
Dorado
Victor
Ortega
Punta Borinquen Golf Club
Rafael Siverio
Manuel
Lopez
Palmas
Asesores
Legales:
Dorado
Aguirre Golf Club
Lcdo.
Juan E. Medina
Representantes
Excusados:
Bamboo Creek Golf Club
Ray Carreras
Certificado
correcto
Emilio A.
Casellas
Secretario
Interino
6 de agosto
de 1998
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